Movilización vecinal contra un posible tanatorio en Manuel Siurot

La finca del número 6 de Manuel Siurot, a la que se ha concedido licencia de demolición a una empresa funeraria. /JUAN CARLOS MUÑOZ

La Gerencia de Urbanismo ha concedido una licencia de demolición y los vecinos plantean alegaciones al expediente administrativo denunciando que ese equipamiento es incompatible con el uso residencial.

Los vecinos de la barriada de la Estrella de Sevilla, así como propietarios de edificaciones y equipamientos colindantes, han emprendido una campaña de movilizaciones contra la posible construcción de un nuevo tanatorio en un solar ubicado en el número 6 de la calle Manuel Siurot, después de que la Gerencia de Urbanismo haya concedido licencia de demolición de la edificación preexistente a una empresa funeraria.

Los vecinos presentaron ayer mismo en Urbanismo las alegaciones, con las firmas de muchos vecinos, al expediente administrativo en el que denuncian que ese equipamiento es “incompatible” con el uso residencial, además de que se trata de una actividad “molesta” e “insalubre” por los posibles contagios. Y aunque no lo citan en las alegaciones, lo que está ocurriendo con la crisis del Covid-19, está en la mente de todos.

El abogado Ángel Cabral, del bufete Génova Abogados, ha sido el encargado de elaborar las alegaciones vecinales a la posible instalación de un tanatorio en esta zona de la ciudad, en un escrito en el que pide a la Gerencia de Urbanismo que se “deniegue cualquier tipo de licencia o autorización que se solicite tendente a la construcción del indicado tanatorio, al resultar patente y manifiestamente contrario al ordenamiento jurídico, a los pronunciamientos de nuestros tribunales, lesivo para los intereses de los denunciantes e incurriendo una notoria y clara nulidad de pleno derecho”.

En un escrito de 29 folios, los vecinos de la Estrella desarrollan todos estos motivos por los que se oponen a la construcción de un tanatorio en este solar de Manuel Siurot, denunciando en primer lugar el “temor, miedo y la alarma social que conlleva” la implantación del mismo, una propuesta que consideran “desafortunada”, puesto que se encuentra inserta en un núcleo residencial de viviendas, en pleno casco histórico de sevilla, en una zona con tráfico denso, “a veces con retenciones caóticas”, lo que conlleva un nivel alto de contaminación, y a “escasos metros de varios colegios”: San Miguel Adoratrices, Compañía de María y RR. Calasancias.

Por ello, añaden que el proyecto está suscitando un “desfavorable, negativo y nocivo impacto social” sobre la población, al ser una actividad “molesta” -según una sentencia del TSJA-, puesto que precisa de “instalaciones industriales de refrigeración y ventilación, además de estar sometida a un horario aleatorio durante las 24 horas del día”.

En cualquier caso, los denunciantes aseguran que el emplazamiento de un tanatorio no está expresamente previsto por el PGOU, por lo que la actividad concreta de este servicio “no cumple con las previsiones legales”, de acuerdo con sentencias de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJA, por lo que concluyen que “no cabe autorización alguna, ni licencia -ni de utilización ni de obras- para su implantación en el solar de Manuel Siurot 6”, y además “no existe compatibilidad” con el uso residencial puesto que se trata de un “uso industrial”.

Citando otra sentencia del Alto Tribunal andaluz, los vecinos señalan que el TSJA en un supuesto en el que no estaba precisamente el uso de tanatorio pero tampoco se encontraba expresamente prohibido, la Sala entendió que no cabía admitirlo subrayando que la actividad urbanística “que hace posible el uso racional del suelo y la convivencia de sus titulares, y el desarrollo de la vida en común que notoriamente no es compatible con la instalación de unos servicios funerarios en una zona destinada al uso residencial, comercial y hotelero de una ciudad“. Y en este sentido, subrayan que no hay un informe de Sanidad previo a la construcción de este tanatorio.

De esta forma, aseveran que el tanatorio, sin una modificación del PGOU vigente y del plan especial, “no tiene presupuesto legitimador para poder autorizar directamente su implantación mediante licencia”.

En el caso del solar de Manuel Siurot, advierten de que el tanatorio se pretende localizar lindante a una edificación catalogado con grado de protección 1 y otra con grado de protección 2, lo que afecta al paisaje urbano (“contaminación visual”). 

En cuanto a los problemas para el tráfico derivados de su implantación, indican que no existen infraestructuras viarias suficientes y dotaciones de aparcamientos necesarias para absorber el flujo circulatorio y las necesidades que exigen un uso de tanatorio. Y si a esta circunstancia se añaden los colegios que hay en las inmediaciones, el tráfico se resentirá en una zona en la que ya hubo que instalarse un paso subterráneo en la Palmera por el exceso de circulación.

Por último, los vecinos alegan que la posible instalación del tanatorio se produce en un lugar colindante a una “zona acústicamente saturada”, por lo que establecer un equipamiento de este tipo “vendría a agravar, deteriorar y perjudicar la situación acústica existente (ya incumplidora de los limites previstos y aconsejables) ante la mayor afluencia de tráfico rodado que conlleva y ahondando en la cualidad de actividad molesta que lleva aparejada la prestación del servicio de tanatorio”.

Fuente: ABC

Redacción

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