Viajar esta Semana Santa a tu pueblo o segunda residencia te puede salir muy caro

Las multas por saltarse el cierre perimetral pueden ir desde los 100 a los 600.000 euros, dependiendo de la gravedad o la reiteración de la infracción

Agentes de la Guardia Civil en un control de carreteras. / MANUEL LORENZO, EFE

Llega el puente de la Semana Santa, una época ideal para viajar, disfrutar de las vacaciones y en la que cientos de miles de desplazamientos se daban por todas las carreteras españolas. Hasta ahora.

Como medida de prevención sanitaria, todas las comunidades autónomas se encuentran bajo cierre perimetral y los españoles no pueden entrar o salir de una a otra, salvo causa justificada. Esta medida fue aprobada por el Consejo Interterritorial, quedando prohibido desplazarse entre comunidades para ir a una segunda residencia a un pueblo, a no ser que sea por alguna de las causas justificadas que aparecen en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaró el estado de alarma.

A pesar de estar prohibido, aún sigue dándose casos de atrevidos que no dudan en arriesgarse, algo que aumenta en Andalucía donde el cierre perimetral afecta entre provincias. Lo que igual no saben, es que ese desplazamiento, a veces hasta de tan sólo 100 kilómetros, puede salir caro.

Hasta 600.000 euros de multa

Las multas para aquellas personas que se salten las restricciones de movilidad para irse a su pueblo, a una segunda residencia o de vacaciones a otra comunidad pueden ir desde los 100 a los 600.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Cada comunidad autónoma ha regulado las sanciones por saltarse el cierre perimetral y, de este modo, evitar desplazamientos innecesarios. Por ejemplo, en Andalucía las multas por infracciones leves van desde los 100 hasta 3.000 euros y las graves entre los 3.001 y hasta los 60.000 euros. Las infracciones muy graves serán multadas con hasta 600.000 euros, según el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto.

Hay que tener en cuenta que son multas por desobediencia, porque van contra las restricciones ordenadas por el Gobierno en el decreto del estado de alarma.

No olvides la mascarilla

La mascarilla se ha convertido en un imprescindible de nuestras vidas en el último año, pero en muchas ocasiones estamos deseando encontrar el momento para poder quitárnosla y respirar. ¿Puede ser en nuestro coche particular? Esto depende de la situación, y la DGT recuerda las multas pertinentes si no cumplimos las normas de seguridad.

Multa de 100 euros: Si viajamos con personas no convivientes y no llevamos la mascarilla. Estarán exentos los menores de seis años o personas con justificación médica.

Si en el lugar en el que residimos no están permitidas las reuniones de más de dos o cuatro personas, en los coches no se podrá superar dicho límite, independientemente de la capacidad del vehículo. Esta infracción también supondría una multa de 100 euros.

Multa de 80 euros: Mientras conducimos, si nos quitamos la mascarilla se recomienda guardarlas en unas cajas o sobres de plástico para protegerlas. Si las colocamos sujetas en el retrovisor, como si de un elemento decorativo se tratara, podemos reducir la visibilidad y los agentes podrían multarnos con al menos 80 euros.

Se sancionará con hasta 500 euros a aquellos conductores que se quiten o pongan la mascarilla mientras conducen. Los agentes pueden entender que se está cometiendo una acción de conducción temeraria o negligente, ya que inhabilitamos al menos una de nuestras manos y perdemos la atención de la carretera por unos segundos.

Fuente: Diario de Sevilla

Redacción

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