Educación remite una circular a los centros con nuevas medidas para que se puedan adaptar a las medidas de prevención
Los profesores podrán impartir clases de otras asignaturas si poseen formación en la especialidad
La Consejería de Educación y Deporte ha remitido a los centros de enseñanza de la comunidad una circular con nuevas normas para flexibilizar los horarios de los centros durante la primera semana de curso junto a otras medidas de organización a fin de que puedan adaptarse mejor a las medidas de prevención del coronavirus. Los centros de Educación Infantil y Primaria y los primeros cursos de la ESO podrán flexibilizar sus horarios los primeros días y durante el curso podrán desdoblar clases y agrupar asignaturas, mientras los centros que imparten tercer y cuarto curso de ESO, Bachillerato, Formación Profesional Inicial y Enseñanzas del Régimen Especial, tendrán que establecer medidas que permitan al alumnado asistir a clases de forma presencial, telemática o semipresencial.
La circular de la viceconsejera María del Carmen Castillo, autoriza a los centros docentes a flexibilizar el horario lectivo en el inicio de curso «con una duración máxima de cuatro días lectivo. A partir del quinto día lectivo, el alumnado asistirá al centro docente en su horario habitual».
En cuanto a la organización de las etapas de Infantil, Primaria, y los dos primeros curso de Secundaria, los centros podrán decidir medidas de ajuste de los grupos-clase que permitan aumentar la distancia interpersonal para ajustarse a las condiciones sanitarias de la Consejería. Asimismo, podrán realizar desdobles para crear grupos de un mismo nivel o mixtos y agrupar asignaturas por ámbitos de conocimiento en función de la habilitación del profesorado disponible en el centro docente.
A este respecto, y para que los centros puedan reducir el número de docentes que intervienen en un grupo de convivencia escolar, se autoriza a los profesores que tengan formación académica en otra especialidad a impartirlas. En los centros bilingües o plurilingües, los maestros que no estén ocupando un puesto bilingüe y posean una certificación de nivel B2 en el idioma correspondiente, podrán impartir las áreas no lingüísticas de su grupo y la de lengua extranjera. En Educación Secundaria, para un mismo grupo-clase, un mismo profesor o profesora podrá impartir las materias para las que tengan habilitación, así como «aquellas que le sean afines».
Secundaria presencial y telématica
Para los dos últimos cursos de Educación Secundaria Obligatoria los centros permitirán la asistencia del alumnado de forma presencial, telemática o semipresencial, teniendo en cuenta que la modalidad telemática no puede ser permanente. Así, se podrá impartir las asignaturas de manera simultánea con una parte de la clase en el aula y el resto, previa autorización de las familias en caso de menores de edad, conectado «on line» desde su domicilio. También se podrán combinar sesiones lectivas presenciales y obligadas asistencia de todo el alumnado o de la mitad del grupo, con sesiones de docencia telemática.
Serán los propios centros los que desarrollen su «organización curricular flexible». Estas medidas se amplían a Bachillerato, Formación Profesional Inicial (excluyendo la FP Básica) y a las enseñanzas de Régimen Especial.
Los centros deberán especificar la plataforma educativa en la que se encuentren alojados los contenidos para las diferentes asignaturas o módulos profesionales, tendrán mecanismos de control de asistencia del alumnado en función de la vía que elijan, presencial o telemática.
En las enseñanzas de Formación Profesional Artísticas y Deportivas se respetará la presencialidad para los módulos de carácter práctico.
Los centros privados y concertados tendrán que adecuar el contenido de las normas de la circular en su propia organización.
Fuente: ABC