Caos en el pago de ERTE: ingresos por duplicado, no computan a los hijos o confunden días del expediente

Los trabajadores que no reclamen la rectificación de los errores podrían tener problemas en el futuro por reclamaciones del Estado o aumento de pagos por IRPF

Trabajadores que siguen cobrando el ERTE aunque se han incorporado a su empleo hace meses; otros a los que no se les ha tenido en cuenta el número de hijos; algunos a los que se les ha computado el ERTE desde semanas antes del estado de alarma y otros a los que se la descontado el 100% de reducción de jornada cuando sólo tenían un 50%. El pago de las prestaciones por desempleo a trabajadores en ERTE es un auténtico caos y el Servicio Público de Empleo Estatal se ve incapaz de asumir la vorágine de reclamaciones. Las oficinas del SEPE dan cita para dentro de varios meses y algunas ni siquiera dan cita. Los teléfonos del SEPE están bloqueados.

España ha llegado a tener en ERTE unos cuatro millones de personas y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se ha visto obligado a resolver multitud de solicitudes de forma rápida incurriendo en muchos errores a la hora de conceder las prestaciones, sin contar el retraso con el que ha pagado estas prestaciones. No reclamar la corrección de esos errores pueden implicar numerosos perjuicios para los trabajadores, según abogados y economistas consultados por ABC. Para comprobar que el SEPE no se ha equivocado en las fechas de aplicación del ERTE, el cómputo de hijos o los días que se restan de empleo hay que entrar en https://sede.sepe.gob.es/portalSede/.

Esto ha llevado a que muchos trabajadores se lleven las manos a la cabeza cuando han visto que en esas prestaciones por ERTE no se contabilizan las cargas familiares al no constar el número de hijos que tienen mientras que otros miran con sorpresa que la fecha en la que comienza a contabilizarse el ERTE es el 3 de marzo, once días antes del inicio del confinamiento y el cese funcional de la mayoría de las empresas. Eso ha provocado que para el SEPE ese trabajador haya consumido días de paro, perjudicando así al empleado si en alguna ocasión necesita cobrar prestaciones por desempleo

En otras ocasiones, el SEPE ha dado el visto bueno al pago de cantidades inferiores a 50 euros para personas que habían visto suspendido su contrato a jornada completa, mientras que a otros les ha pagado el cien por cien del salario aunque sólo se habían acogido al 50% de reducción de jornada, o a que se siga pagando a un trabajador que ya se ha reincorporado a su puesto de trabajo, entre otras anomalías.

Fuentes jurídicas consultadas por ABC indican que esta «actitud errática» del SEPE se debe que «ante una gran acumulación de solicitudes se ha actuado realizando un reconocimiento casi general sin entrar a ver las consideraciones personales de cada caso». «La avalancha de solicitudes, que han llegado a la cifra de cuatro millones y medio en un mes ha sobrepasado los recursos humanos del SEPE y han actuado aprobando casi todas las situaciones sabiendo que nos encontrábamos ante una situación anómala y de emergencia, pensando que ya iniciarán medidas para regularizarlas», continúan las mismas fuentes. 

Algunos expertos consideran que en el caso de empresas donde se han detectado irregularidades masivas en el pago de las prestaciones por ERTE, debería ser la propia compañía la que solicitara al SEPE una revisión colectiva, lo que conllevaría una interrupción del plazo de prescripción para reclamar.

Ante esta situación, los expertos laboralistas aconsejan a los trabajadores reclamar las situaciones irregulares «solucionar las incidencias lo más pronto posible» toda vez que apuntan que el SEPE «tiene un plazo de cuatro años para reclamar todas las prestaciones que se han abonado erróneamente» y es una acción que «seguramente» hará cuando se calme esta vorágine. 

En ese sentido, una vez que el SEPE solicite el reintegro de las cantidades erróneamente percibidas por el trabajador, se abre un periodo para que el trabajador abone de manera voluntaria esa cantidad, y si no lo hace, según apuntan las citadas fuentes jurídicas consultadas por este diario, el SEPE autorizará que se embargue esa cantidad o que se devengue de futuras prestaciones además de aplicarse un recargo. 

Efectos fiscales

Por otra parte, las prestaciones que los trabajadores están cobrando por los ERTE van a tener una serie de efectos fiscales que a más de un trabajador «le va a coger por sorpresa», tal y como apunta el decano del Colegio Profesional de Economistas de Sevilla, Francisco Tato.

En declaraciones a ABC, Tato explica que el cobro de las prestaciones del SEPE supone, en términos fiscales, que pasemos a tener «dos pagadores este año» por lo que el umbral de obligatoriedad para presentar la declaración de la renta «baja de los 22.000 euros anuales a los 14.000 euros». 

Esto unido, a que las prestaciones del SEPE por los ERTE tiene un una tributación baja del 2 o el 5%, hará, según indica el decano de los economistas sevillanos, «que muchos trabajadores se lleven la sorpresa de tener que hacer la declaración de la renta al bajar el mínimo» así como de «abonar la diferencia existente entre la tributación baja de esas prestaciones del SEPE y las retenciones de IRPF que se le tengan que aplicar». 

«De esta manera, si a un trabajador se le debe retener un 12% de IRPF y sólo ha tributado en las prestaciones del SEPE en un 5% deberá devolver en la siguiente declaración de la renta esa diferencia del 7%», asevera Tato quien aconseja a todos los trabajadores a «estar atentos» de las retenciones de IRPF de las prestaciones del SEPE para ir calculando la cantidad que tienen que devolver y «no llevarse sorpresas desagradables». 

Cabe apuntar que ante esta situación, el Consejo General de Economistas de España ha instado al Gobierno central a que considere al SEPE como un segundo pagador en las prestaciones por ERTE aprobados por la situación pandémica para evitar situaciones perjudiciales a los trabajadores.

Redacción

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